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Informes - Investigaciones

3 DE ENERO DE 1833
LOS INGLESES USURPAN LAS MALVINAS

Por Elena Luz González Bazán especial para Historia

3 de enero del 2022

Aquel día de enero de 1833, sin declaración de guerra, sin una reclamación a nivel nacional ni internacional, actuando y logrando de esa forma, la usurpación de parte de nuestro territorio nacional; el Reino Unido de la Gran Bretaña comete el acto de invasión sobre un territorio que no le pertenecía, ni es parte de su gran territorio conquistado y colonizado durante siglos.

El capitán John James Onslow, cumpliendo órdenes de Su Majestad Británica, toma posición de nuestras Islas Malvinas izando el pabellón del Reino Unido y expulsando la pequeña fuerza argentina, a cargo del capitán José María Pinedo.
Podemos afirmar que: La tercera invasión inglesa se había concretado después de 23 años de relaciones diplomáticas, sin siquiera una reclamación efectuada ante el gobierno de Buenos Aires.

Inglaterra, basándose en su poder naval, con la corbeta "Clio" al mando del capitán de la Real Armada, ocupa las islas Malvinas "en nombre de su majestad británica, para ejercer los derechos de soberanía". Este día comenzó a flamear en las Malvinas el pabellón británico y comenzó la usurpación de la corona británica.

Pretextando la condición de "muy humilde y muy obediente servidor", el capitán de la nave Clío, se apodera de las islas Malvinas en nombre de Su Majestad Británica y expulsa a José María Pinedo, quien al mando de la goleta Sarandí no pudo resistir, con sus escasas fuerzas, el apoderamiento de las islas.
Hasta la actualidad, la Argentina viene protestando en defensa de sus derechos de soberanía heredados.

En el despacho de prensa del 3 de enero del 2021, la Cancillería sostenía que: El 3 de enero de 1833, las Islas Malvinas fueron ilegalmente ocupadas por fuerzas británicas que desalojaron a la población y a las autoridades argentinas allí establecidas legítimamente, reemplazándolas por súbditos británicos. Desde el inicio de su proceso de emancipación, la República Argentina, como legítima heredera de los territorios continentales, insulares y marítimos que habían pertenecido a España, ejerció su soberanía sobre estos archipiélagos y espacios marítimos a través de diversos actos de gobierno que incluyeron la designación de autoridades, la toma solemne de posesión de las Islas Malvinas en nombre de las Provincias Unidas del Río de la Plata y el primer izamiento de la bandera argentina en ese suelo.

Luego afirmaba que: El acto de fuerza británico que culminó en la ocupación ilegítima de las Islas Malvinas fue protestado inmediatamente por las autoridades argentinas de aquel entonces y nunca fue consentido por gobierno argentino alguno. A lo largo de los 188 años durante los cuales se sostiene la usurpación, la Argentina mantuvo ininterrumpidamente el firme reclamo de ejercer su soberanía efectiva sobre estas Islas y los espacios marítimos circundantes.

La recuperación del ejercicio efectivo de nuestra soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, conforme el derecho internacional y respetando el modo de vida de sus habitantes, es un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino, tal como se encuentra plasmado en nuestra Constitución Nacional y constituye una política de Estado.

RESOLUCIÓN 2065 (XX)

Indudablemente fue la Resolución mejor lograda por nuestro país, en diciembre de 1965.

De la Asamblea General de las Naciones Unidas. Cuestión de las Islas Malvinas (Falkland Islands) del 16 de diciembre de 1965
La votación fue: A favor: 94; En contra: 0; Abstenciones: 14; Ausentes: 9.
Es importante destacar que esta labor diplomática fue realizada y lograda por el gobierno del doctor Arturo Umberto Illia.

Que dice la Resolución en sus considerandos más destacables:

La Asamblea General, habiendo examinado la cuestión de las Islas Malvinas (Falkland Islands),

Teniendo en cuenta los capítulos de los informes del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales concernientes a las Islas Malvinas (Falkland Islands) y en particular las conclusiones y recomen­daciones aprobadas por el mismo relativas a dicho Terri­torio,

Considerando que su resolución 1514 (XV), de 14 de diciembre de 1960, se inspiró en el anhelado propósito de poner fin al colonialismo en todas partes y en todas sus formas, en una de las cuales se encuadra el caso de las Islas Malvinas (Falkland Islands),

Tomando nota de la existencia de una disputa entre los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte acerca de la soberanía sobre dichas Islas,

1.   Invita a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a proseguir sin demora las negociaciones recomendadas por el Comité Especial encargado de examinar la situa­ción con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales a fin de encontrar una solución pacífica al problema, teniendo debidamente en cuenta las disposi­ciones y los objetivos de la Carta de las Naciones Uni­das y de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, así como los intereses de la población de las Islas Malvinas (Falkland Islands) ;

2.   Pide a ambos Gobiernos que informen al Comité Especial y a la Asamblea General, en el vigésimo primer período de sesiones, sobre el resultado de las negociaciones.

Sesión plenaria, 16 de diciembre de 1965.

 

FUENTES: Naciones Unidas, Cancillería Argentina, fuentes varias y propias.

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